Quiero votar, pero estaré en el extranjero de forma temporal en las próximas elecciones
La solicitud
Los electores o electoras que se encuentren temporalmente en el extranjero entre la convocatoria de un proceso y su celebración y deseen ejercer su derecho de sufragio pueden hacerlo siguiendo un procedimiento especifico
Cumplimente el impreso de solicitud, que podrá encontrar en su consulado o embajada, o en el apartado “INFORMACIÓN GENERAL” de esta misma web.
El impreso debe presentarse personalmente en el consulado o embajada.
Para poder formular la solicitud deberá estar inscrito/a en el registro de matrícula consular como no residente.
Ambos trámites (solicitud e inscripción) pueden realizarse en el mismo acto.
El procedimiento
La oficina del censo electoral le remitirá:
- Una hoja informativa.
- Papeletas de votación de todas las candidaturas y el sobre de votación.
- Certificado de inscripción en el censo electoral.
- Un sobre dirigido a la mesa electoral que le corresponda.
- Impreso para la devolución de los gastos de envío del voto por correo.
Debe introducir en el sobre dirigido a la mesa electoral:
- El sobre de votación con su opción de voto.
- El certificado de inscripción en el censo.
- Si así lo desea, el impreso cumplimentado para la devolución de los gastos de envío.
Remita el sobre por correo certificado, puede hacerlo hasta el día 5 de junio.
Para la validez de estos votos será indispensable que conste claramente en el sobre un matasellos u otra inscripción oficial de una oficina de correos del estado correspondiente que certifique que se ha remitido dentro del plazo previsto.
Más información en la embajada o consulado y en: www.exteriores.gob.es(se abrirá nueva ventana) y www.ine.es(se abrirá nueva ventana)